Rueda de prensa de la concejalía de Medio Ambiente de San Pedro del Pinatar

En Cumplimiento de las Obligaciones como Concejal de Medio Ambiente y con el único interés de aclarar y poner solución a la situación que viene afectando a numerosos vecinos de San Pedro del Pinatar y Pilar de la Horadada, se han venido realizando una serie de actuaciones en los últimos años, encaminadas a determinar con exactitud el origen de las molestias por olores a asfaltos y sus derivados.

La última de ellas se inició en Octubre de 2010 cuando se encargó a la empresa ATISAE (Empresa Colaboradora con la Administración en Materia de Medio Ambiente) la realización de un estudio de compuestos contaminantes en la atmósfera en las viviendas de tres vecinos afectados por molestias de olores, al objeto de determinar su procedencia. En Febrero de 2011 los análisis y conclusiones finales se presentaron al público (ver varias notas de prensa aparecidos en diversos medios digitales y escritos) concluyendo que el origen de los olores procedían de la fábrica ASSA.

Esta medida demuestra que en ningún caso las actuaciones llevadas a cabo son con fines electoralistas como se ha reflejado en algunos medios, pues el estudio se encargó mucho antes y con el único interés de identificar el problema y buscar soluciones a las molestias sufridas por cientos de vecinos de este pueblo.

La Concejalía de Medio Ambiente representada por Marcos David Gracia, basándose en estos estudios, en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, en informes de técnicos municipales, etc. Solicitó a la empresa ASSA el cese inmediato de los olores molestos y la aplicación de medidas para eliminarlos.

Tras esto la empresa ASSA ha iniciado diversas acciones:

1ª.-Desacreditar políticamente a la persona de Marcos David Gracia pues es el único político con capacidad de plantar cara al problema de los olores con el fin de resolverlo.

2ª.-Amenazar a Marcos David Gracia como Concejal de Medio Ambiente con denunciarlo por prevaricación y desviación de poder para acobardarlo y que desista en su interés por solucionar los problemas de los vecinos afectados. Como no desistió de sus obligaciones de velar por un Medio Ambiente de calidad y por la salud de los vecinos, la empresa ASSA ha presentado una denuncia por prevaricación según manifiesta en primera página un periódico local.

3°.- Presionar a la empresa ATISAE (que realizó un informe que demostraba la procedencia de los olores y sustancias contaminantes) para que realice un contrainforme y cambie el contenido de este para ocultar el verdadero origen de los malos olores y sustancias químicas emitidas a la atmósfera. Para ello incluso se ha despedido al técnico que realizó este estudio por negarse a cambiar el contenido del informe inicial. Nos consta, que directivos y abogados de ASSA viajaron a Madrid para entrevistarse con directivos de ATISAE y pedir un contrainforme que modificaba las conclusiones del encargado por La Concejalía de Medio Ambiente.

4ª.- Pedir a todos los medios de comunicación que se hicieron eco de la noticia presentada por la Concejalía de Medio Ambiente en febrero de 2011, donde se demostraba que los orígenes de los olores proceden de la fábrica, para que se retracten en base al nuevo informe de ATISAE ( no avalado por el técnico que realizó el estudio ya que ha sido despedido por la empresa ante las presiones de ASSA). Todo esto se hace para borrar toda huella del verdadero contenido del informe donde se demuestra que los olores y partículas tóxicas emitidas proceden de la fábrica de asfaltos.

Indudablemente la fábrica debe cumplir con toda la legalidad vigente y cuando decimos TODA nos referimos a la ambiental, sanitaria, urbanística, etc. Debe también hacer un ejercicio de responsabilidad y poner solución inmediata a los problemas que origina a los ciudadanos y no desviar la atención con denuncias en medios de comunicación ( de su propiedad ) y mucho menos manipular y/o condicionar a terceros para cambiar sus opiniones, pues estamos en un estado de derecho.

Por otro lado consideramos que desde el punto de vista de la planificación territorial de un municipio es inconcebible la existencia de una fábrica de asfaltos que transforma y maneja mas de 12.000 Toneladas de productos químicos al año. Junto a viviendas o actividades agrarias.

Desde 1998 hasta la actualidad la empresa ha triplicado la superficie ocupada con la actividad industrial que venía realizando desde sus orígenes. Por lo que existe una relación directa entre las molestias a los vecinos por olores, ruidos, etc. y estas ampliaciones.

A partir del año 2005 aproximadamente comienzan las molestias en los vecinos. Esta fecha coincide con la máxima expansión de la fábrica y de su actividad fabril (ver imagen y secuencia de ampliaciones) según los vuelos oficiales de Cartomur (Comunidad autónoma de Murcia).

Es en 2008 cuando se presenta un proyecto de ampliación claramente posterior a la fecha de ejecución de las obras. Que por supuesto carece de autorización.

Actualmente la casi totalidad de las instalaciones industriales de Asfaltos del Sureste se consideran fuera de ordenación desde el punto de vista urbanístico según informes de técnicos municipales.

Consideramos que el departamento de urbanismo debe actuar con contundencia pues se trata de una actividad molesta demostrada que afecta a cientos de personas y no debe situarse tan cerca de núcleos urbanos.

En la exposición de Motivos de la ley del Suelo de la Región de Murcia dice:

"Se pone especial énfasis en los instrumentos de ordenación y de planificación, y en la protección medioambiental y del patrimonio, puesto que la necesidad de crear una ciudad, un ámbito de relación y convivencia más sostenible, es uno de los mayores retos del siglo XXI. Respecto a las competencias medioambientales, se tiene especial cuidado en que los distintos instrumentos garanticen el respeto al medio físico, al medio ambiente y al patrimonio histórico y cultural de la sociedad murciana."

También podemos apreciar que las actividades clasificadas como fuera de ordenación han generado un beneficio económico a lo largo de los años y además han sido reincidentes ya que se han realizado obras sin licencia en sucesivas fases que en 2008 pretendieron legalizarse. Ver artículos 236 y 241 de la Ley del Suelo de la Región de Murcia.

"Artículo 236.- Prohibición de beneficio económico. En ningún caso la infracción urbanística puede suponer un beneficio económico para el infractor, por lo que la sanción que se imponga a éste no puede ser inferior al beneficio obtenido por la actuación ilegal."

Artículo 241.- Circunstancias agravantes y atenuantes.

1. Son circunstancias que agravan la responsabilidad en una infracción urbanística:

a) La reincidencia. Existe reincidencia cuando se comete una infracción del mismo tipo que la que motivó una sanción anterior en el plazo de cuatro años siguientes a la notificación de ésta; en tal supuesto se requerirá que la resolución sancionadora haya adquirido firmeza.

Hace que pensar e incluso pueden parecer paradójicas estas ilegalidades urbanísticas cometidas cuando su gerente es Abogado y suponemos conocía con detalle la normativa urbanística.

Consideramos desde la Concejalía de Medio Ambiente que los trámites realizados desde el año 2001 de cara a recalificar los terrenos para "encajar" una actividad claramente secundaria o industrial (pues transforma materias primas como los betunes y asfaltos en productos elaborados), que además maneja productos químicos peligrosos, etc. no es lo más adecuado para una buena planificación urbanística del pueblo pues no cumple con los objetivos mencionados de la Ley del Suelo de la Región de Murcia. Máxime cuando se pretende compatibilizar una actividad de este tipo con el de servicios, centros comerciales, e incluso residencial. Sin duda creemos que aparecerán tensiones entre vecinos, trabajadores o usuarios de las instalaciones aledañas reflejadas en el proyecto de Plan Parcial que se pretende desarrollar en el área con el fin de legalizar las instalaciones de la fábrica de asfaltos. La responsabilidad de estos conflictos será únicamente del que realizó o promovió el mal ordenamiento de ese suelo, osea, el Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.

Sin duda si este plan se aprueba generará importantes conflictos entre los usuarios y propietarios de las zonas adyacentes. Y nada tiene que ver con los objetivos de la Ley del Suelo de la Región de Murcia de crear un ámbito de relación y convivencia más sostenible.

Marcos David Gracia Antolinos y su equipo humano, donde figuran técnicos ambientalistas, abogados, etc. se pone a plena disposición de las personas interesadas (particulares, asociaciones, partidos políticos, profesionales de los medios de comunicación, etc.) para dar a conocer la verdadera trama que rodea a este tema de la fábrica de asfaltos y de las evidentes molestias por olores a vecinos de San Pedro del Pinatar y Pilar de la Horadada.

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