Trinidad Mañogil, concejal no adscrita, recurrirá los Presupuestos para el año 2015 en San Pedro del Pinatar

"por ausencia de informe económico-financiero por el técnico competente"

Aprobado el presupuesto para el año 2015 en el pleno del pasado 15 de diciembre únicamente por la mayoría del PP, habiendo constatado varias irregularidades en el mismo, por ser unos presupuestos no ajustados a la realidad en cuanto a los ingresos los cuales están totalmente inflados, atendiendo a la liquidación del presupuesto 2014, en el que observamos como los ingresos son muchísimos menos que los previstos con estos antecedentes quieren hacernos creer que este años aumentaran dichos ingresos.

Al igual que las inversiones, de las 19 previstas 13 están vinculadas a la venta de terrenos.

Son unos presupuestos totalmente electoralistas irrealizables con unas pésimas previsiones a sabiendas que son imposibles de cumplir, con una deuda financiera a 1 de enero del 2015 que asciende a 25.867.228,15€ sin contar la deuda del gasto corriente, se le pregunto por la concejal y se negaron a facilitarla.

Pero la irregularidad más grave que contiene estos presupuestos que es el motivo principal para recurrir dichos presupuestos es la ausencia de un informe económico financiero elaborado por el técnico competente para ello, en su defecto nos viene un informe "económico financiero" firmado por el Concejal de Hacienda, el colmo de la prepotencia llevada a su máxima expresión, el Concejal siempre propone el técnico informa. Incumpliendo así con los requisitos establecidos en el art. 4 del Real Decreto 1732/94 por no tener la correspondiente habilitación para el ejercicio de tales funciones, por lo tanto Trinidad Mañogil entiende y así lo puso de manifiesto en el Pleno en donde pidió informe al Secretario de la Corporación, el cual no informo. No puede tener validez el preceptivo informe que debe acompañar al Presupuesto por lo que el mismo está necesariamente viciado de nulidad por incumplimiento de lo establecido en el art. 168 de la Ley 2/2004 Reguladora de Haciendas Locales y art. 4.1 del Real Decreto 1174/87. Por lo tanto la prestación del informe Económico Financiero es un requisito necesario, así lo pone de manifiestos sentencia del Tribunal Supremo, considerando que dicho informe este emitido por funcionario adecuadamente cualificado. (Funcionario de Habilitación Nacional).

Nos encontramos sin datos económicos financieros, los cuales han de ser tenidos en cuenta en dicho informe para poder valorarlos con los debidos criterios de legalidad y adecuación a las circunstancias económicas de la Corporación por una persona con la formación suficiente, habida cuenta de la importancia que tiene el presupuesto para el funcionamiento de la corporación. A los mismos que se nos ha privado de juicio suficiente a la hora de aprobar el presupuesto, que es desde luego una de las principales competencias del Pleno.

Trinidad Mañogil entiende que se ha infringido el ordenamiento Jurídico y lo grabe de esto es que la Sr. Alcaldesa pasara de este reparo de ilegalidad, no permitiendo que el Sr. Secretario informase.

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